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Última hora del sector marítimo pesquero


Pladesemapesga - duda - de la eficacia del Sistema Mundial de Socorro y de la Navegación Electrónica e identifica estos sistemas como factores causales determinantes en la embarrancada y posterior hundimiento del pesquero portugués.

 

En la embarrancada debió activarse la Llamada Selectiva Digital pero Sasemar no ha facilitado información al respecto.

 

La Radio Baliza se activó - 30 minutos - después de la embarrancada una vez alcanzada la profundidad y presión para la que estaba programada, por eso adquiere especial relevancia la activación de la Llamada Selectiva Digital para minimizar los tiempos de respuesta.

 

Se ha ocultado la recepción del LUT ( Centro Aeroespacial ) de Toulouse ( Francia ) que es quién realmente recibió la Alerta de Socorro de la Radiobaliza del pesquero portugués.

 

Es rigurosamente falso que fuera Lisboa la estación receptora o Maspalomas.

 

El LUT de Toulouse ( Francia ) coordina las Alertas de Portugal y avisa a los centros de salvamento implicados en la búsqueda y rescate.

 

Es de vital importancia realizar de una manera imparcial las investigaciones de seguridad de siniestros e incidentes en los que hayan intervenido buques de navegación marítima, u otros buques en puertos u otras zonas marítimas restringidas, para establecer eficazmente las circunstancias y las causas de tales siniestros o incidentes.

 

Pladesemapesga - insta - al Ministerio de Fomento a facilitar un - informe provisional - sobre el accidente grave ( embarrancada ) y posteriormente muy grave ( naufragio ) del pesquero portugués.

 

Esta práctica se ha realizado en otros naufragios y se contempla en el Código de Investigación y Prácticas Recomendadas de la Organización Marítima Internacional.

 

Se ha reconocido a la gente de mar como una categoría especial de trabajadores y, dada la naturaleza globalizada de la industria naviera y las diferentes jurisdicciones con las que pueden estar en contacto, necesitan una protección especial, particularmente en lo que se refiere a sus contactos con las autoridades públicas.

 

En beneficio de una mayor seguridad marítima la gente de mar debe poder confiar en recibir un trato justo en caso de accidente marítimo.

 

Deben respetarse sus derechos humanos y su dignidad en todo momento y todas las investigaciones de seguridad deben realizarse de manera justa y diligente.

 

Por ello, los Estados miembros deben, de conformidad con sus legislaciones nacionales, tener en cuenta en mayor

medida las disposiciones pertinentes de las Directrices de la OMI sobre el trato justo de la tripulación en caso de accidente marítimo.

 

El requerimiento pretende aclarar o discriminar ante la opinión pública, los Criterios de Alto Nivel o Prioridad contemplados o recogidos en las Resoluciones y Recomendaciones de la  Organización Marítima Internacional, Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones, Protocolo de Actuaciones entre Dirección General Marina Mercante, Sociedad Estatal de

Salvamento ( Sasemar ), Centros de Radiocomuniciones Marítimas de Telefónica ( desde 2009 Abertis-Retevisión ), Manual IAMSAR ( manejado por Sasemar ), Reglamento de Radiocomunicaciones de España y distintas Directivas del Parlamento Europeo, todos ellos/as de aplicación o ejecución en el naufragio del pesquero Santa Ana.

 

La Organización Marítima Internacional ( OMI ) a través de las Resoluciones y Recomendaciones de sus Comités y Subcomités, resuelve que los Centros de Coordinación de

Salvamento de SASEMAR deberán estar bien adiestrados en todos los procesos SAR ( Búsqueda y Rescate ) y plenamente familiarizados con los planes SAR aplicables.

 

Los Centros de Coordinación de Salvamento deben recoger toda la información acerca de las situaciones de emergencia, desarrollar planes de acción acertada y realizable y agilizar y coordinar los recursos con los cuales llevar a cabo las misiones SAR.

 

Los planes de operación mantenidos por los Centros de Coordinación, suministrarán información para asistir en estos esfuerzos.

 

Las guías para las obligaciones de los Centros de Coordinación incluyen: Obtener y evaluar toda la información de la emergencia.

 

Determinar el tipo de equipamiento de emergencia que lleva a bordo la embarcación perdida o en peligro y estar informados de las condiciones atmosféricas reinantes.

 

Si es necesario, asegurarse de los movimientos y posiciones de los buques y alertar alos buques en las áreas de búsqueda para realizar el rescate, extremar la vigilancia y/o mantener escucha radio en las frecuencias apropiadas para facilitar las comunicaciones con las  unidades SAR.

 

Marcar el área de búsqueda y decidir los métodos y unidades a ser utilizadas.

 

Desarrollar el plan de acción de búsqueda (y el plan de rescate según sea apropiado) por ejemplo asignar las áreas de búsqueda.

 

Destacar las unidades SAR y designar las frecuencias de comunicación en el lugar del siniestro.

 

Informar al jefe del Centro de Coordinación de Salvamento del plan de acción de búsqueda.

 

Coordinar la operación con los Centros de Salvamento adyacentes cuando sea apropiado; planificar instrucciones y toma de informes con el personal SAR; evaluar toda la información de cualquier vía y modificar el plan de búsqueda cuando sea necesario.

 

Coordinar la toma de combustible de las aeronaves y, para búsquedas prolongadas, tomar las medidas necesarias para dar descanso al personal SAR.

Organizar el suministro de víveres a los supervivientes.

 

Mantener en orden cronológico y veraz los informes actualizados en planos, cuando sea necesario, de todos los procedimientos.

Suministrar informes del progreso.

Recomendar al jefe del Centro Coordinador de Salvamento el abandono o suspensión de la búsqueda; dar finalizada la labor de las unidades SAR cuando su asistencia ya no es necesaria; notificar a las Autoridades de investigación de los accidentes.

 

Si es aplicable, notificar al País de registro de la unidad accidentada en razón con los acuerdos establecidos.

 

Preparar el informe final del resultado de la operación.

IV.- Directiva 2009/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, por la que se establecen los principios fundamentales que rigen la investigación de accidentes en el sector del transporte marítimo y se modifican las Directivas 1999/35/CE del

Consejo y 2002/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.

 

Punto 4.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 2 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 10 de diciembre de 1982 (en lo sucesivo, «la CNUDM») el Estado ribereño tiene derecho a investigar las causas de cualquier siniestro marítimo que se produzca en su mar territorial y pueda plantear un riesgo para la vida humana o el medio ambiente, o en el que intervengan las autoridades de búsqueda y salvamento del Estado ribereño, o que afecte de cualquier otro modo a dicho Estado.

 

Punto 5.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 94 de la CNUDM, todo Estado del pabellón adoptará las medidas necesarias para que una o varias personas debidamente calificadas investiguen todos los siniestros o incidentes de navegación en alta mar o que presidan las correspondientes investigaciones.

 

Punto 7.

El Código para la aplicación de los instrumentos obligatorios de la OMI anejo a la Resolución A.996 (25) de la Asamblea de la OMI, de 29 de noviembre de 2007, recuerda que los Estados del pabellón están obligados a garantizar que las investigaciones en materia de seguridad marítima sean llevadas a cabo por investigadores debidamente cualificados, competentes en los aspectos relacionados con los siniestros e incidentes marítimos.

 

Dicho Código también exige que los Estados del pabellón estén en condiciones de facilitar investigadores cualificados a ese fin, con independencia de la localización del siniestro o incidente.

 

Punto 9.

Se ha reconocido a la gente de mar como una categoría especial de trabajadores y, dada la naturaleza globalizada de la industria naviera y las diferentes jurisdicciones con las que

pueden estar en contacto, necesitan una protección especial, particularmente en lo que se

refiere a sus contactos con las autoridades públicas. En beneficio de una mayor seguridad

marítima la gente de mar debe poder confiar en recibir un trato justo en caso de accidente

marítimo. Deben respetarse sus derechos humanos y su dignidad en todo momento y todas las investigaciones de seguridad deben realizarse de manera justa y diligente. Por ello, los Estados

miembros deben, de conformidad con sus legislaciones nacionales, tener en cuenta en mayor

medida las disposiciones pertinentes de las Directrices de la OMI sobre el trato justo de la

tripulación en caso de accidente marítimo.

Punto 13.

Es de vital importancia realizar de una manera imparcial las investigaciones de seguridad de siniestros e incidentes en los que hayan intervenido buques de navegación marítima, u otros buques en puertos u otras zonas marítimas restringidas, para establecer eficazmente las circunstancias y las causas de tales siniestros o incidentes.

 

Por eso esas investigaciones deben ser llevadas a cabo por investigadores cualificados bajo el control de un

organismo o entidad independiente dotado de las competencias necesarias, con objeto de evitar  cualquier posible conflicto de intereses.

 

Punto 26.

Habida cuenta de que el propósito de las investigaciones técnicas de seguridad es prevenir siniestros e incidentes marítimos, las conclusiones y las recomendaciones sobre seguridad no deben en ningún caso determinar la responsabilidad ni atribuir la culpa.

 

Artículo 1 Punto 2.

 

Las investigaciones que se lleven a cabo en virtud de la presente Directiva no perseguirán la determinación de responsabilidad, ni la atribución de culpa. No obstante, los Estados miembros garantizarán que el organismo o entidad de investigación (en lo sucesivo,

«el organismo de investigación») no se abstenga de informar plenamente acerca de las causas del siniestro o incidente marítimo porque de sus resultados pueda inferirse determinada culpa o responsabilidad.

 

ANEXO UNO

 

2.4. Intervención de las autoridades en tierra y reacción de los servicios de emergencia

 

¿Quién ha intervenido?

 

Medios utilizados.

 

Rapidez de la reacción.

 

Medidas adoptadas.

 

Resultados obtenidos.

Los avales del autor

 

Oficial Radioelectrónico de la Marina Mercante de 1ª Clase, en distintos buques de la flota española

y en el Servicio Marítimo de Telefónica (Radio Costeras) 25 años.

 

Titulado Superior de la Marina Civil (Radio Electrónica Naval) Titular del Certificado de Operador General del Sistema Mundial de Socorro, con miles de horas operativas en el Servicio Marítimo de Telefónica.

 

Jefe de Estación Radioeléctrica desde el año 1970 al 75, en los buques, Río Tajo, Lago Victoria, Lago Sanabria, Segre, y Proas de las navieras, Marcosa, Lagos, Pinillos y Proas.

 

Operador en Radiotelegrafía, VHF, Onda Media, Onda Corta, Sistema Mundial de Socorro, Operador de las Radios Costeras de Algorta (Vizcaya), Vigo, (Alcabre y

Sayanes), Madrid Centro Diana, Griñón y A Coruña.

 

Jefatura Interina de la Radio Costera/Vigo Radio/Eaf (Alcabre y Sayanes).

 

Delegado en Galicia de la Asociación de Oficiales Radio electrónicos de la Marina Mercante (Are).

 

Secretario General de la Asociación Internacional de Oficiales Radio electrónicos de la Marina Mercante (Roia). ExVicepresidente de la Asociación Española de la Marina Civil (AEMC).

 

ExVicepresidente de la Asociación Española de la Marina Civil.

 

Investigador de Accidentes Marítimos.

 

Coordina y Ddrige desde hace 20 años, un equipo de investigación de la Marina Mercante de las Secciones de Puente, Máquinas y Radio, que investiga la siniestralidad marítima y sus medidas correctoras, para varios gobiernos y la OMI ( Organización Marítima Internacional).

 

Peritaciones más destacadas, realizadas en distintos juzgados, de siniestros marítimos, destacando por su repercusión humana y social la del Yate Español, Quechulo, Prestige y Mar Egeo, Nuevo Lilín, O"Baía, Nuevo Enrique El Morico, Siempre Casina, etc.

 

Ponencias en Medios de Comunicación.

 

Director del Programa "Mar Abierta" en el Canal 60 TV La Coruña.

 

Director del Programa Guarda Costas en Radio Oleiros, La Coruña Colaborador y Comentarista habitual del programa Españoles en la Mar de Radio Exterior de España.

 

Responsable de la Presentación y Divulgación para Galicia del Sistema Mundial de Socorro, por encargo expreso de la Dirección General de la Marina Mercante en el año 2007 con varias menciones por los excelentes resultados.

 

Comparecencia como especialista en varias Comisiones de Investigación destacando por su relevancia mediática en el Parlamento de Galicia, en la Comisión de

Investigación del siniestro del Buque Prestige.

 

En el Congreso de los Diputados por la misma catástrofe como ponente para ilustrar a sus Señorías sobre el accidente marítimo.

 

Portavoz del Grupo de Expertos no Gubernamentales en Salvamento Marítimo. (Pladesemapesga).

 

Vicepresidente de la Plataforma en Defensa del Sector Marítimo Pesquero de Galicia.  (Pladesemapesga)

 

Asesor en la Delegación de España en el Subcomité de Radiocomunicaciones, Búsqueda y Salvamento ( OMI/COMSAR ) celebrado en la Sede de la Organización Marítima Internacional en 2006.

 

Ver también;


 

 

Más solo medios;  Antón Salgado – 981 666 333

 

Acerca de: PLADESEMAPESGA - Plataforma en Defensa del Sector Marítimo Pesquero de Galicia, es una asociación no lucrativa, Nif: G-70321807 - Registro 2012/016402 con más de 25.700 socios y formada por personas físicas, empresarios, políticos, profesionales y autónomos, marineros, mariscadores/as, ecologistas, asociaciones, expertos en todos los sectores del Mar y la Pesca, que comparten el interés y la inquietud por el entorno del Sector Marítimo Pesquero de Galicia. Cuya presencia en Internet queda reflejada en: www.pladesemapesga.com y info@pladesemapesga.com . La Plataforma en Defensa del Sector Marítimo Pesquero de Galicia es una asociación joven que ha conseguido mucho: imagina lo difícil que es entrar en la escena política para defender el sector marítimo y pesquero sin el apoyo económico necesario ni el soporte de los medios de comunicación. Necesitamos tu ayuda para seguir creciendo. Pladesemapesga es una asociación sin ánimo de lucro ciudadana y libre. Ayúdanos a seguir llevando las reivindicaciones que compartimos a la calle y a las instituciones democráticas, trasmitiendo nuestras noticias a través de las redes sociales y boca a boca en tu entorno más cercano. ¡Muchas gracias por tu apoyo!

 


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